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QUE ES EL SOAT? “PRIMERA PARTE”

 

Por: Dr. Fabian Moreno Notaria Ecuador

Derecho a identidad

El SOAT es el Seguro Obligatorio para Accidentes de Tránsito que deberá ser contratado por toda persona natural o jurídica, pública o privada, para todo vehículo a motor que circule por el territorio ecuatoriano.

El SOAT es una disposición de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestres, desde el año 1996, la cual desde esa fecha hasta el 2007 no se la aplicaba, como tampoco existía el control por parte de las entidades pertinentes para controlar el cumplimiento obligatoria de esa disposición.

La Comisión SOAT que elaboró el Proyecto de Reglamento estuvo conformada por la Superintendencia de Bancos y Seguros, el Consejo Nacional de Tránsito, las asociaciones de aseguradores y representantes de la sociedad civil.

El SOAT es un seguro obligatorio que debe ser contratado para todos los vehículos automotores que circulen por el territorio ecuatoriano y es requisito indispensable para la obtención de la matrícula del mismo.

Habrá también un fondo destinado solo para cancelar los siniestros ocasionados por vehículos no identificados o no asegurados, bajo los mismos términos y condiciones del SOAT. Será financiado con el aporte de las empresas aseguradoras, que operan en el ramo.

El SOAT se aplica en casi todos los países de Latinoamérica.

Para preguntas puede escribrir a nuestro correo electrónico laconex1@yahoo.com o puede consulatar a los amigos de Notaria
Ecuador ubicados en el northeast Minneapolis


QUE ES EL SOAT? “SEGUNDA PARTE”
Por: Dr. Fabian Moreno Notaria Ecuador

 

Que es el Soat

MARCO JURIDICO


La Ley de Tránsito y Transporte Terrestres, publicada en el Registro Oficial No. 1002 de 2 de Agosto de 1996, en su art. 140 establece la obligatoriedad de contratar por parte de las compañías, empresas o cooperativas de transporte terrestre y los propietarios de vehículos a motor, sean de servicio masivo, de uso particular o del sector público, un seguro de responsabilidad civil contra terceros, con el objeto de cubrir los riesgos de posibles accidentes de tránsito e indemnizar por la muerte, por las lesiones corporales causadas a las personas y los correspondiente gastos médicos, así como los daños materiales ocasionados a los bienes de terceros.

Mediante Decreto Ejecutivo No, 505 de 28 de enero de 1997, publicado en el Registro Oficial No. 118, se expidió el Reglamento General para la Aplicación de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestres; Reglamento que en su Art. 251 se dispone que para dar cumplimiento a lo ordenado en el Art. 140 de la Ley, el Ministro de Gobierno y Policía en su calidad de Presidente del Consejo Nacional de Tránsito y Transporte Terrestres, en forma conjunta con la Superintendencia de Bancos, dicten las normas reglamentarias para la aplicación del seguro obligatorio de responsabilidad civil por accidentes de tránsito.

El 13 de Diciembre de 2005, el Directorio del Consejo Nacional de Tránsito aprobó el proyecto de Reglamento para el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, el cual deberá ser promulgado por el Presidente de la República mediante Decreto Ejecutivo.

Mediante Decreto Ejecutivo No. 809, expedido el 19 de diciembre del 2007 y publicado en el Registro Oficial No. 243, de 2 de enero del 2008, se pone en conocimiento de todos los ecuatorianos el Reglamento para el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito.
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QUE ES EL SOAT? “TERCERA PARTE”
Por: Dr. Fabian Moreno Notaria Ecuador

 

MARCO JURIDICO


Que es el SoatEl Art. 5, del mencionado Reglamento determina que Los vehículos a motor que no tuvieren contratado el SOAT, no podrán ser matriculados y en consecuencia no podrán circular hasta que obtengan la matrícula y el certificado de la póliza del SOAT, que constituyen documentos habilitantes de circulación.

En el caso de los vehículos a motor que presten el servicio de transporte público, la falta de contratación o renovación del SOAT conllevará además, la suspensión del permiso o habilitación operacional respectiva. Todo vehículo extranjero que ingrese al Ecuador deberá contar con una póliza de SOAT por un plazo mínimo de treinta días; en caso de que su permanencia en el País supere este plazo, deberá contar con una póliza SOAT que le brinde cobertura por la totalidad de su permanencia en el territorio nacional.

Desde el 2 de enero del 2007, tiene el propietario de un automotor 90 días para contratar el seguro, transcurrido este tiempo, al contrato del seguro se le impondrá una multa.

QUE CUBRE EL SOAT?

El SOAT es principalmente en seguro contra accidentes y está diseñado para brindar asistencia médica a las personas que resulten heridas como consecuencia de un accidente de tránsito, indemnizar las incapacidades o invalidez por accidentes de tránsito y para compensar a los familiares de las personas que fallezcan en accidentes de tránsito.

LIMITES ASEGURADOS:


Una indemnización de hasta USD 2.000,00 por persona, por gastos médicos como consecuencia de accidentes de tránsito. Una indemnización máxima de USD 3.000,00 por persona, por muerte sobrevenida.
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QUE ES EL SOAT? “CUARTA PARTE”

 

 

LIMITES ASEGURADOS:

Que es el SoatUna indemnización de hasta USD 2.000,00 por persona, por gastos médicos como consecuencia de accidentes de tránsito. Una indemnización máxima de USD 3.000,00 por persona, por muerte sobrevenida dentro de los seis meses siguientes al accidente de tránsito y a causa del mismo.

Una indemnización máxima, única y por accidentes, de hasta USD 1.500,00 por persona, por invalidez permanente total o parcial, sobrevenida dentro de los seis meses siguientes al accidente de tránsito, conforme el daño comprobado y la tabla de indemnizaciones por disminución de capacidad para el trabajo u ocupación que se establece en la póliza.
Una indemnización de hasta USD 400,00 por persona, por gastos funerarios. Una indemnización de hasta USD 50,00 por persona, por gasto de transporte y movilización de víctimas.

QUIENES ESTAN CUBIERTOS POR EL SOAT?

En caso de accidente de tránsito, el SOAT cubre a las víctimas de tal evento, que pueden ser:
- El conductor del vehículo
- Los acompañantes particulares
- Los pasajeros de vehículos de servicio público
- Los peatones

COBERTURAS: El SOAT ofrece varias coberturas, cada una con su respectivo límite.Se cubre a las personas afectadas por un accidente de tránsito. Su finalidad principal es asistir a los lesionados por accidentes de tránsito y garantizarles la atención médica También cubre la responsabilidad civil por daños materiales causados a bienes de terceros.

Respuesta a las principales inquietudes del público
¿Qué cubre el SOAT y cuáles son sus montos?

El SOAT garantiza cobertura para los siguientes riesgos:

•Para gastos médicos por accidentes de tránsito, hasta USD 2.000,00 por persona.
•Para indemnización por muerte a consecuencia de accidente de tránsito, hasta USD 3.000,00 por persona.
•Para indemnización por invalidez y desmembración, hasta USD 1.500,00 por persona.
•Para gastos de sepelio en caso de muerte por accidente de tránsito USD 400,00.
•Para gastos de movilización y transporte de las víctimas de accidentes de tránsito hasta USD 50,00 por persona.
•Para cubrir la responsabilidad civil frente a terceros por daños a propiedades ocurridas por accidente de tránsito, hasta USD 500,00 por evento y por año. Continuara...

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Crédito Por Ingreso del Trabajo (EITC) (quinta PARTE)

 

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